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miércoles, 8 de enero de 2014

Visado de Turista, para viajar a Estados Unidos, Que Hacer ?

¿Quién necesita visado?
Necesita visado todo aquel que viaje a Estados Unidos como trabajador temporal, estudiante, visitante de intercambio, trabajador religioso, artista, miembro de una tripulación o representante de un medio de comunicación. Los ciudadanos de la mayoría de los países necesitan un visado también para los viajes de turismo o negocios. Los ciudadanos de España y Andorra que deseen viajar a Estados Unidos por motivos de turismo o negocios durante un periodo no superior a 90 días no necesitan un visado bajo las condiciones del Programa de Exención de Visado (VWP), presentando un billete de ida y vuelta o hasta un tercer país no contiguo. Para más información sobre el Programa de Exención de Visado, visita la pagina del Departamento de Estado .
Todas las personas que viajen a los Estados Unidos deberán tener un pasaporte de lectura mecánica o un visado válido. Además, los pasaportes emitidos después del 26 de Octubre de 2005 deben llevar la foto digitalizada, para reunir las condiciones del Programa de Exención. El nuevo formato de pasaporte español reúne todas las condiciones exigidas. Ciudadanos de países incluidos en el Programa de Exención que tengan dudas sobre su pasaporte.
Visado de Turismo (B-2)
Las personas que viajen a los Estados Unidos por motivos turísticos, necesitan un visado válido clasificación B-2, a menos que sean ciudadanos de países incluidos en el Programa de Exención de Visado VWP, o que sean ciudadanos de un país que tenga un acuerdo con los Estados Unidos que les permita viajar sin visado.
Usted necesitará solicitar un visado antes de viajar a los Estados Unidos en el caso de no ser ciudadano de un país incluido en el Programa de Exención (VWP), o no ser ciudadano de un país para el que se exima el requisito de visado B-2.
Documentos requeridos
Todo solicitante de visado B-2, incluso menores incluidos en los pasaportes de sus padres deberán:
·   Rellenar el formulario DS-160.

Concertar una entrevista y el pago de la tasa de visado
Para concertar una entrevista para un visado de no inmigrante puede hacerlo en línea a través de la página web http://spain.usvisa-info.comlas 24 hs o llamando a los números de teléfono sin ningún coste adicional (+34) 91-123-8866 o si llama desde EE.UU  703-439-2364. Los únicos medios autorizados para concertar una entrevista  son a través de la página web o el centro de llamadas. El centro de llamadas atenderá los siguientes días y horarios:

Lunes a Viernes  de las 07:00  a las 21:00 (11 de Julio al 11 de Septiembre, 2013)                                                                               
Lunes a Viernes  de las 07:00  a las 19:00 (12 de Septiembre en adelante)
Teléfono: (+34) 91-123-8866
Si llama desde EE.UU: 703-439-2364
Por Skype: usvisaspain

El centro de llamadas permanecerá cerrado los festivos españoles y estadounidenses.

Para realizar el pago de la tasa de la solicitud de visado al Citibank deberá ir a la página http://spain.usvisa-info.com  donde podrá pagar  con una tarjeta de débito o por transferencia bancaria. Ya no tendrán la opción de hacer el pago en efectivo en el banco. El coste de la tasa de tramitación no cambiará. El proceso para pagar otro tipo de tasas (SEVIS o ESTA) no cambiará.
Están exentos del pago de esta tasa los solicitantes de visado diplomático (A, G, C3, y OTAN), los poseedores de un pasaporte diplomático y los visitantes de intercambio patrocinados por la Public Affairs Division del Departamento de Estado de Estados Unidos (becarios Fulbright).
La tasa no es reembolsable aunque el visado sea denegado.
Los ciudadanos de ciertos países deberán pagar una tasa adicional de reciprocidad, equivalente a las a la tasa que sus gobiernos cobran a los ciudadanos estadounidenses que solicitan visados de tipo similar. Los ciudadanos españoles y andorranos no están sujetos al pago de tasa recíproca alguna.
Un pasaporte u otro documento de viaje válido
Con una validez de al menos 6 meses a partir de su proyectada salida de los Estados Unidos, con al menos una página en blanco. El requisito de los seis meses de validez no afecta a pasaportes españoles.
Una fotografía de tipo pasaporte
Que se ajuste a las normas del Departamento de Estado. Una fotografía de 5 x 5 cm sobre fondo blanco, tomada en los seis meses anteriores a la solicitud.
Otros documentos
Documentos que justifiquen suficiente solvencia económica para cubrir todos los gastos en los Estados Unidos, así como otros documentos en relación con sus vínculos económicos o sociales al país de residencia habitual, como justificantes de su trabajo, (carta de su empresa, contratos, nóminas), negocio, estudio, familia, etc., documentos, que puedan probar su intención de salir de los EE.UU. después de un periodo de visita temporal.
Tasa de solicitud de visado
Los ciudadanos de ciertos países deberán pagar una tasa adicional de reciprocidad, equivalente a las a las tasas que sus gobiernos cobran a los ciudadanos estadounidenses que solicitan visados de tipo similar. Los ciudadanos españoles y andorranos están exentos del pago de esta tasa.
Otros procedimientos adicionales
En los siguientes casos podría ser necesario realizar algún procedimiento administrativo adicional.
·   Si ha sido detenido y/o condenado por algún delito.
·   Si padece o ha padecido alguna enfermedad contagiosa.
·   Si le han denegado la entrada o ha sido deportado de los Estados Unidos.
·   Residentes temporales en España.
Siguiente paso
Los solicitantes de edades comprendidas entre 14 y 79 años necesitan concertar una cita para tener una entrevista.
Los solicitantes menores de 14 años y mayores de 80 años pueden solicitar un visado por correo.
Aviso importante
Por motivos de seguridad, algunas solicitudes de visado podrían verse afectadas en cuestión de tiempo. Se recomienda solicitar su visado con suficiente antelación y no cerrar su plan de viaje hasta que no tenga su pasaporte y visado
Fuente: Embajada De los Estados Unidos en España.

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